AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL
El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete a la consideración del Pleno de la Corporación Local la siguiente MOCIÓN:
El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete a la consideración del Pleno de la Corporación Local la siguiente MOCIÓN:
Mantenimiento de la Tarifa Nocturna
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Desde el año 1983 se estableció en el estado español la denominada Tarifa Eléctrica 2.0N, más conocida como tarifa nocturna. Esta tarifa se basa en la filosofía de primar el consumo en las horas nocturnas, donde la potencia consumida en el conjunto del sistema eléctrico es menor.
Los diferentes gobiernos del Estado y las compañías eléctricas fomentaron e incentivaron la contratación de esta tarifa aludiendo a que era más económica, era beneficioso para la economía general al no tener que soportar toda la demanda eléctrica en los horarios de mañana y era ambientalmente más sostenible, entre otras ventajas. Por lo tanto, la tarifa nocturna y el incentivo de su contratación buscaban un consumo energético más responsable y solidario. Estos usuarios atendiendo a estos criterios hicieron inversiones importantes para la instalación de los equipos necesarios e incluso para mejorar la instalación eléctrica de los hogares.
La tarifa nocturna se caracterizaba, de forma resumida, por tener un descuento del 55% en las horas nocturnas y un recargo del 3% en las horas centrales del día y favorecía el consumo de determinados electrodomésticos como son acumuladores, lavadoras, lavavajillas, calentadores de agua, etc. que se pueden usar de noche.
La tarifa nocturna se mantuvo sin modificaciones desde el ano 1983 hasta el año 2006, en el que ya no se permitió nuevas altas bajo esta tarifa. Las condiciones de este sistema de tarifa se modificaron por los decretos que regulaban la tarifa eléctrica para 2007 (RD 1634/2006 y el posterior 871/2007) en los que se establecen una serie de medidas claramente perjudiciales para los usuarios y que implica que desde el 1 de Julio de 2008 desaparezca la tarifa nocturna.
Con este Real Decreto se obliga a los clientes con esta tarifa a contratar una nueva potencia, superior a la que tenían en el consumo de las horas punta y a un incremento del precio sobre el consumo que tenían en las horas punta, ya que pasa de un recargo del 3% a un 35%. En conjunto el incremento que pueden padecer, en la factura eléctrica, puede llegar al 49%.
En la nueva Orden de Tarifas Eléctricas existe nueva Tarifa de Discriminación Horaria, pero para acogerse a esta nueva tarifa, los usuarios de tarifa nocturna deben asumir íntegramente los costos del cambio, estimados entre 400 y 500 euros en la adaptación de los sistemas de calefacción, que deberán cambiar las actuales resistencias por otras de menor potencia, o bien, establecer dos circuitos de calefacción independientes entre sí.
Además, una vez realizadas las modificaciones precisas, en la nueva Tarifa de Discriminación Horaria, habrá que pagar por un mayor incremento de la potencia contratada, que es una parte fija de la factura eléctrica. Esto tendrá un efecto especialmente negativo, pues habrá que contratar una potencia que se emplea fundamentalmente en el invierno (por los acumuladores eléctricos), y se continúa pagando en la primavera y el verano, cuando no se necesita tanta potencia.
Actualmente en España hay aproximadamente un millón de clientes de esta tarifa. Como vemos, esta nueva regulación de las tarifas eléctricas va a suponer un importante gasto en las economías familiares; asimismo el Gobierno del Estado no contempla, en la nueva regulación, ninguna medida de compensación, ni reparte cargas entre usuarios y empresas distribuidoras que, en definitiva, serán las grandes beneficiarias.
Por este motivo, el Grupo Municipal de Izquierda Unida solicita la aprobación por el Pleno de la Corporación de la siguiente Propuesta:
1º El Pleno del Ayuntamiento, acuerda instar al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio al mantenimiento de la tarifa nocturna.
2º Comunicar la adopción del presente acuerdo al Ministerio de Industria.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Desde el año 1983 se estableció en el estado español la denominada Tarifa Eléctrica 2.0N, más conocida como tarifa nocturna. Esta tarifa se basa en la filosofía de primar el consumo en las horas nocturnas, donde la potencia consumida en el conjunto del sistema eléctrico es menor.
Los diferentes gobiernos del Estado y las compañías eléctricas fomentaron e incentivaron la contratación de esta tarifa aludiendo a que era más económica, era beneficioso para la economía general al no tener que soportar toda la demanda eléctrica en los horarios de mañana y era ambientalmente más sostenible, entre otras ventajas. Por lo tanto, la tarifa nocturna y el incentivo de su contratación buscaban un consumo energético más responsable y solidario. Estos usuarios atendiendo a estos criterios hicieron inversiones importantes para la instalación de los equipos necesarios e incluso para mejorar la instalación eléctrica de los hogares.
La tarifa nocturna se caracterizaba, de forma resumida, por tener un descuento del 55% en las horas nocturnas y un recargo del 3% en las horas centrales del día y favorecía el consumo de determinados electrodomésticos como son acumuladores, lavadoras, lavavajillas, calentadores de agua, etc. que se pueden usar de noche.
La tarifa nocturna se mantuvo sin modificaciones desde el ano 1983 hasta el año 2006, en el que ya no se permitió nuevas altas bajo esta tarifa. Las condiciones de este sistema de tarifa se modificaron por los decretos que regulaban la tarifa eléctrica para 2007 (RD 1634/2006 y el posterior 871/2007) en los que se establecen una serie de medidas claramente perjudiciales para los usuarios y que implica que desde el 1 de Julio de 2008 desaparezca la tarifa nocturna.
Con este Real Decreto se obliga a los clientes con esta tarifa a contratar una nueva potencia, superior a la que tenían en el consumo de las horas punta y a un incremento del precio sobre el consumo que tenían en las horas punta, ya que pasa de un recargo del 3% a un 35%. En conjunto el incremento que pueden padecer, en la factura eléctrica, puede llegar al 49%.
En la nueva Orden de Tarifas Eléctricas existe nueva Tarifa de Discriminación Horaria, pero para acogerse a esta nueva tarifa, los usuarios de tarifa nocturna deben asumir íntegramente los costos del cambio, estimados entre 400 y 500 euros en la adaptación de los sistemas de calefacción, que deberán cambiar las actuales resistencias por otras de menor potencia, o bien, establecer dos circuitos de calefacción independientes entre sí.
Además, una vez realizadas las modificaciones precisas, en la nueva Tarifa de Discriminación Horaria, habrá que pagar por un mayor incremento de la potencia contratada, que es una parte fija de la factura eléctrica. Esto tendrá un efecto especialmente negativo, pues habrá que contratar una potencia que se emplea fundamentalmente en el invierno (por los acumuladores eléctricos), y se continúa pagando en la primavera y el verano, cuando no se necesita tanta potencia.
Actualmente en España hay aproximadamente un millón de clientes de esta tarifa. Como vemos, esta nueva regulación de las tarifas eléctricas va a suponer un importante gasto en las economías familiares; asimismo el Gobierno del Estado no contempla, en la nueva regulación, ninguna medida de compensación, ni reparte cargas entre usuarios y empresas distribuidoras que, en definitiva, serán las grandes beneficiarias.
Por este motivo, el Grupo Municipal de Izquierda Unida solicita la aprobación por el Pleno de la Corporación de la siguiente Propuesta:
1º El Pleno del Ayuntamiento, acuerda instar al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio al mantenimiento de la tarifa nocturna.
2º Comunicar la adopción del presente acuerdo al Ministerio de Industria.
APROBADA